CAJA POPULAR JOSÉ MA. VELASCO S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V
Es la oportunidad principal de los Padres o Tutores de generar las bases y cimientos para iniciar el hábito del ahorro con los menores de edad y adolescentes, generando en ellos un futuro prometedor.
Documentos necesarios para inscribirte:
*Presentar todos los documentos en original y copia.
*Los montos mostrados se expresan en Moneda Nacional.
*Este Producto lo puedes contratar en cualquiera de nuestras 4 Sucursales ubicadas en el Sur de Jalisco.
Sucursal Matriz en San Gabriel, Jalisco, otras más en, Copala, Tolimán y Tapalpa, todas en el Estado de Jalisco.
¡Visítanos!
*Los montos mostrados se expresan en Moneda Nacional.
Productos garantizados por el Fondo de Protección hasta por 25,000 UDIS.
Monto mínimo de apertura |
$100.00 (Cien Pesos 00/100 M.N.) |
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Saldo mínimo de cuenta |
$100.00 (Cien Pesos 00/100 M.N.) |
Tasa de Interés "Antes de Impuestos" |
1.50% |
GAT NOMINAL AHORRO INFANTIL |
(Ganancia Anual Total Neta) GAT Nominal 1.51% “Antes de Impuestos”, “para fines informativos y de comparación”.
Fecha de Cálculo: 17 de septiembre de 2024. |
GAT REAL AHORRO INFANTIL |
(Ganancia Anual Total Neta) GAT Real -2.17% “Antes de Impuestos”, “La GAT REAL es el rendimiento que obtendría después de descontar la inflación estimada” “para fines informativos y de comparación”.
Fecha de Cálculo: 17 de septiembre de 2024.
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Comisión |
Este Producto No genera ninguna Comisión |
El ahorro, en Caja Popular José Ma. Velasco S.C. de A.P. de R.L. de C.V., contribuye a tener mayores opciones de acceder a un crédito para cubrir alguna necesidad, solventar un problema o invertir en algún negocio o gasto personal.
La tasa de interés que Caja Popular José Ma. Velasco S.C. de A.P. de R.L. de C.V., paga a sus ahorradores menores en este ahorro infantil es competitiva.
"Únicamente están garantizados por el Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores los depósitos de dinero: a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos o con previo aviso, hasta por el equivalente a veinticinco mil UDIS por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de una misma Institución Financiera, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil. Dicho Fondo de Protección, cubrirá el principal y accesorios de los depósitos de dinero referidos a la fecha en que se hubiere declarado la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, o decretado su concurso mercantil, descontando el saldo insoluto de los préstamos o créditos con respecto de los cuales sea deudor el Socio ahorrador de que se trate, por lo que para estos efectos, dichos préstamos o créditos vencerán de manera anticipada".